Funciones específicas
- Proteger a las autoridades de las corporaciones locales y vigilar y proteger sus edificios e instalaciones.
- Ordenar, señalizar y dirigir el tráfico en el casco urbano, según lo establecido en las normas de circulación.
- Instruir para evitar accidentes de tráfico dentro del casco urbano.
- Policía administrativa, con respecto a las ordenanzas, Bandos y demás disposiciones municipales dentro del ámbito de su competencia.
- Participar en las funciones de la policía judicial, en la forma establecida en el art. 29.2 de la Ley Orgánica de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
- Prestación de auxilio en caso de accidentes, catástrofe o calamidad pública, participando en la forma prevista en las leyes, en la ejecución de los planes de protección civil.
- Efectuar diligencias de prevención y cuantas acciones tiendan a evitar la comisión de actos delictivos en el marco de la colaboración en el Comité de Seguridad.
- Vigilar los espacios públicos y colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y con las policía de las CCAA en la protección de las manifestaciones y el mantenimiento del orden en grandes concentraciones humanas, que se requieran para ello.
- Cooperar en la resolución de conflictos privados cuando sean requeridos para ello.
- Gestión de objetos perdidos.